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Ieqroo ordenó inclusión de candidatos LGBTTTIQ+

Ieqroo ordenó inclusión de candidatos LGBTTTIQ+

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El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) ordenó incluir en las fórmulas o listas de candidaturas a diputados que sean parte de la comunidad LGBTTTIQ+. Dicha orden se dio a todos los partidos políticos o coalicion postular.

Los aspirantes tienen hasta el 29 de marzo para contar con un competidor de la diversidad sexual para buscar una diputación por mayoría y uno de representación proporcional -o como se les conoce, plurinominales-, según lo aprobado en la sesión extraordinaria.

“El 29 de marzo de dos mil veintidós, los partidos políticos y/o, en su caso, coaliciones deberán presentar, ante la Oficialía de Partes de este Instituto, los ajustes en las solicitudes de registro de las candidaturas a las diputaciones de mayoría relativa y de representación proporcional, por medio de los cuales darán cumplimiento a la acción afirmativa a favor de personas de la población LGBTTTIQ+”, establece el acuerdo.

Con ello, el Ieqroo acata la sentencia SX-JDC-62/2022, dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al atender un medio de impugnación interpuesto por Cigur Gallegos Cruz alegando la omisión por parte del Ieqroo de la implementación de medidas afirmativas en beneficio de la comunidad LGBTTTIQ+.

Con la sentencia de la Sala Regional el TEPJF y del acuerdo del Consejo General del Ieqroo, las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, transgénero, travesti, intersexuales o queer (no binarias) podrán tener una representación en las boletas para competir por un escaño en el Congreso del Estado.

El acuerdo aprobado por los consejeros electorales establece que, en caso de coaliciones totales o parciales, las fórmulas de la diversidad sexual postuladas por éstas se sumarán a las que postulen en lo individual cada uno de los partidos políticos que las integren, independientemente del partido político de origen de la persona para efectos de cumplimiento de la acción afirmativa.

Así mismo indica que, para cumplir esta disposición, las fuerzas políticas deberán respetar el principio de paridad de género conforme a los criterios de la materia.

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Para acreditar la calidad de la comunidad LGBTTTIQ+ será suficiente con la sola autodeterminación que realice la persona candidata, por lo que los partidos políticos y/o, en su caso, las coaliciones, deberán requisitar el formato único con firma de la persona postulada en el documento «bajo protesta de decir verdad», con lo que es suficiente para acreditar la autodeterminación.

“Dicha candidatura corresponderá al género al que se identifiquen y será tomada en cuenta para el cumplimiento del principio de paridad de género, considerando que en la solicitud de registro de candidatura el partido político deberá informar que la postulación se realiza dentro de la acción afirmativa de persona de la diversidad sexual”, dice el acuerdo aprobado en el Consejo General del Ieqroo.

Janet Galindo

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