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Límites a concesiones municipales

Límites a concesiones municipales

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Caminos del Mayab
Por Martín G. Iglesias

En la sesión número 24 del primer periodo del segundo año de ejercicio de la XVII Legislatura, los diputados conocieron la iniciativa de Ley para reformar la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, siempre respetando su autonomía consagrada en el artículo 115 Constitucional.

La importancia de dicha iniciativa, tiene que ver con el uso y abuso de las concesiones que hacen los Municipios en la prestación del servicio que el Ayuntamiento debe dar a sus habitantes, pero estos son otorgados a empresas particulares; por ejemplo, el agua, el alumbrado público, la recoja de basura, panteones, parques, rastros, entre otros.

La reforma agrega el artículo 178 “de las concesiones”, un texto normativo donde señala que en el caso de la concesión de un servicio público municipal, de manera inexcusable, los Ayuntamientos previamente a la aprobación en de la concesión, deberán presentar y aprobar por votación de dos terceras partes de sus miembros, un dictamen técnico que avale la conveniencia social y financiera de que el servicio público sea prestado por un particular y, que además, contenga la información que compruebe fehacientemente que el Ayuntamiento no puede hacerse cargo del servicio a concesionar sí solo, o a pesar de ser apoyado por otros municipios o por autoridades estatales.

“Con esto buscamos promover que efectivamente solamente sea usada esta figura en los casos donde en realidad sea necesaria la conexión a un particular para que se pueda brindar el servicio público, y contribuir de esta manera al manejo y aplicación responsable de esta figura”, justificaron las y los diputados promoventes del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

De aprobarse hoy esta iniciativa, también quedaría acotado el tiempo de otorgar la concesión, que no iría más allá del periodo de una administración municipal; así como evaluar el servicio que presta la concesionaria, donde los ciudadanos pueden evaluar si están conforme con el trabajo que realiza la empresa que tiene a cargo la recoja de basura, proveer el agua potable y el alcantarillado, el alumbrado público, el transporte, o cualquier otro servicio que esté concesionado.

El objetivo es que el Ayuntamiento en turno no herede una concesión al siguiente, basado en la experiencia de Aguakan que desde 1993 tiene la concesión del agua potable y el alcantarillado en Cancún, Isla Mujeres, Puerto Morelos y recientemente en Solidaridad; pero a decir de los usuarios su servicio es pésimo y no hay manera de poder cambiar de proveedor por los candados que tiene el convenio. Otro ejemplo es el de la recolección, transportación y disposición final de los residuos sólidos (basura), concesionada a empresas formadas por los propios funcionarios públicos, familiares o amigos del alcalde en turno.

Para evitar el tráfico de influencias en la entrega de concesiones, la iniciativa propone que estas sean otorgadas de manera transparente y sin intervención de indebidos intereses particulares, por eso las y los diputados proponen añadir dos fracciones al artículo 183 de la Ley de los Municipios de Quintana Roo; “ a fin de señalar que no se podrán otorgar concesiones a las personas físicas o jurídicas que en los cinco años anteriores, se les haya revocado alguna concesión para el aprovechamiento o explotación de bienes del dominio público del Municipio o prestación de servicios públicos municipales o, cuando éstas hubieran proporcionado información que resulte falsa o que hayan actuado contra las normas aplicables o para evadirlas con dolo o mala fe en alguna etapa del procedimiento para la adjudicación de la concesión”.

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Así que con esta reforma a la Ley municipal en Quintana Roo, se pretende terminar con los negocios de las concesiones, donde funcionarios públicos se han aprovechado de esta figura jurídica para allegarse de recursos pocos transparentes. Ahí se las dejo…

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